Escrito por Gabinete de Prensa Viernes, 08 de Junio de 2012 08:42
EL Juzgado de lo Social nº 3 de Arrecife, absuelve de toda responsabilidad jurídica al Ayuntamiento de San Bartolomé, y en consecuencia, dicta sentencia en virtud de la cual el Ayuntamiento no ha de incorporar como trabajadores de la plantilla orgánica del Ayuntamiento, a los trabajadores de la entonces empresa prestataria del servicio de recogida de basura, CLUSA, que acudieron a la jurisdicción social, una vez que el Ayuntamiento rescindió a Clusa el contrato de recogida de basura por incumplimientos contractuales imputables al contratista y previo informe favorable al Ayuntamiento emitido por el Consejo Consultivo de Canarias, solicitando el dictado de sentencia que les considerase trabajadores de la plantilla del Ayuntamiento. El Juzgado señala que no opera la denominada subrogación empresarial y confirma los argumentos de los servicios técnicos y jurídicos de Ayuntamiento, señalando que la responsabilidad laboral recae única y exclusivamente en la empresa CLUSA.
Cabe recordar que una vez rescindido el contrato con la empresa Clusa, el Ayuntamiento decidió gestionar directamente el servicio mediante trabajadores de su plantilla, suponiendo esta medida, un ahorro a las arcas municipales de 40.000 euros mensuales, o lo que es lo mismo, 480.000 euros anuales.