EL AYUNTAMIENTO DE SAN BARTOLOMÉ ABSUELTO EN LA DEMANDA INTERPUESTA POR LOS TRABAJADORES DE CLUSA NO TENIENDO QUE SER INCORPORADOS A LA PLANTILLA MUNICIPAL

 

 EL Juzgado de lo Social nº 3 de Arrecife,  absuelve de toda responsabilidad jurídica al  Ayuntamiento de San Bartolomé,  y en consecuencia, dicta sentencia  en virtud de la cual el Ayuntamiento no ha de  incorporar como trabajadores de la plantilla orgánica del Ayuntamiento, a los trabajadores de la entonces empresa prestataria del servicio de recogida de basura, CLUSA, que acudieron a la jurisdicción social, una vez que el Ayuntamiento rescindió a Clusa el contrato de recogida de basura por incumplimientos  contractuales imputables al contratista y  previo informe favorable al Ayuntamiento  emitido por el Consejo Consultivo de Canarias,   solicitando el dictado de sentencia  que les considerase trabajadores de la plantilla  del Ayuntamiento. El Juzgado señala que no opera la denominada subrogación  empresarial y confirma los argumentos de los servicios técnicos y  jurídicos de Ayuntamiento,   señalando que la responsabilidad laboral recae única y exclusivamente en la empresa CLUSA.

Cabe recordar que una vez rescindido el contrato con la empresa Clusa,  el Ayuntamiento decidió gestionar directamente el servicio mediante trabajadores de su plantilla,   suponiendo esta medida,  un ahorro a las arcas municipales de  40.000 euros mensuales,  o lo que es  lo mismo,  480.000 euros anuales.