Miércoles, 18 de Febrero de 2026
   
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Notas de prensa

MISA Y PROCESIÓN POR LAS CALLES DE GÜIME CON LA IMAGEN DE SAN ANTONIO DE PADUA

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Los festejos concluyeron a ritmo de parranda, con la actuación de “El Golpito”

En la tarde de ayer, la localidad de Güime, festejó el Día de San Antonio de Padua, con la Función Religiosa, llenándose por completo la iglesia y aledaños en su celebración acompañada la función musicalmente por el grupo Alborada.

Numerosas autoridades acudieron a la cita, destacando la presencia de la Alcaldesa, María Dolores Corujo, junto a la Corporación Municipal, que acompañaron a los vecinos en el día grande de la localidad. La imagen del santo recorrió en procesión las calles centrales de la localidad, acompañada por la banda municipal. La noche concluyó con la actuación musical de la Parranda “El Golpito” en el Centro Sociocultural de Güime y con ello concluyeron los festejos.

Áurea Mauri, concejal de festejos del Ayuntamiento de San Bartolomé, “agradece a vecinos, colectivos, agrupaciones y asociaciones su implicación en estos festejos y a los operarios y técnicos municipales por su trabajo y esfuerzo para coordinar las diferentes actuaciones. Las fiestas han concluido con gran participación en cada uno de los actos organizados”.

   

EL AYUNTAMIENTO DE SAN BARTOLOMÉ FELICITADO POR EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE ARRECIFE COMO MODELO INSULAR DE TRAMITACIÓN REGISTRAL

El Ayuntamiento de San Bartolomé, es el único Ayuntamiento de la isla que cumple rigurosamente con los trámites administrativos registrales, evitando con ello cargas indemnizatorias.

El Ayuntamiento de San Bartolomé, cumple con las tramitaciones administrativas, siendo con ello modelo insular de tramitación, dando traslado efectivo al Registro de la Propiedad de Arrecife, en cumplimiento  del  artículo 51.1 c) del Texto Refundido de la Ley del Suelo aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2008 de 20 de junio,  en su redacción dada por R.D.L. 8/2011 de julio, de las resoluciones que inicien expedientes de disciplina urbanística, o  lo que es lo mismo, de demolición  que afecten  a obras ilegales, todo ello,  a los efectos de  que los adquirentes de buena fe de viviendas o edificaciones tengan conocimiento en todo momento de los procedimientos  en materia de disciplina urbanísticas que afecte a la edificación o vivienda que pretenden adquirir, y valoren  previamente su adquisición, todo ello en aras al principio de seguridad jurídica. 

La  remisión de dicha documentación al Registro de la Propiedad,  exime a los Ayuntamientos de abonar indemnizaciones en el supuesto caso que se produzcan perjuicios económicos al adquirente de buena fe de la finca afectada por el expediente.

   

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