Escrito por Gabinete de Prensa Martes, 12 de Agosto de 2014 10:30
En cuanto a la polémica suscitada entorno a la prohibición de acceso de los menores de 16 años, María Dolores Corujo, manifiesta “que la normativa de aplicación no le permite establecer la prohibición de impedir el acceso a los menores de 16 años, pues no solo la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, indica que los menores tienen derecho a participar plenamente en la vida social, cultural, artística y recreativa de su entorno, así como a una incorporación progresiva a la ciudadanía activa, sino que el artículo 61 del Reglamento de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, aprobado por Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto, excepciona las fiestas, verbenas y atracciones populares de la prohibición de entrada de los menores de 16 años”.
Sin perjuicio de lo anterior, la primera edil de San Bartolomé recuerda que “existen medidas ya impuestas por ley cuyo destino es garantizar la seguridad y salubridad de las personas que asistan a los actos, como son la prohibición que tienen los ventorrilleros de despachar bebidas alcohólicas y tabaco a los menores de 18 años y la obligación que tiene los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado de no impedir, o en su caso, expulsar del lugar, a aquellas personas que manifiesten actitudes violentas y en especial, comportamientos agresivos o provoquen altercados”.