Domingo, 28 de Abril de 2024
   
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SAN BARTOLOMÉ HA ADAPTADO LA ORDENANZA Nº 48 APOSTANDO POR LA INSTALACIÓN DE COMERCIOS EN EL MUNICIPIO

El Ayuntamiento de San Bartolomé, ha adaptado la ordenanza municipal nº 48 reguladora del procedimiento para la tramitación de licencias urbanísticas, a lo dispuesto en el real decreto ley 19/2012 de 25 de mayo, de medidas urgentes para la liberalización del comercio y de determinados servicios, incluyendo en la misma un nuevo anexo, que contiene el modelo oficial de comunicación previa y documentación a acompañar por el interesado para la ejecución de obras de adecuación o actividad comercial, que ya no requerirá licencia municipal urbanística, que será sustituida por una comunicación previa y declaración  responsable, que ha de presentar el interesado en el Ayuntamiento en la que declara cumplir los requisitos por la normativa vigente, disponer de los documentos que se exijan y estar en posesión del justificante del pago del correspondiente tributo municipal.

 

Dicha medida opera respecto a los locales comerciales cuya superficie útil de venta al público no sea superior a 300 m2 y las obras de adecuación a realizar no requieran legalmente proyecto.

Los locales que cumplan con las condiciones arriba mencionadas, no tendrán que solicitar tampoco, la licencia de actividad, ni la de puesta en funcionamiento, sustituidas ambas por declaraciones responsables y comunicaciones previas según los casos, agilizando de manera importante la apertura y puesta en funcionamiento de actividades comerciales, lo que contribuirá a la dinamización de la actividad en beneficio del crecimiento económico y del empleo en el municipio.

Información de interés

Dirección: Plaza León y Castillo, s/n, San Bartolomé Teléfono gratuito IMSERSO 900406080
Teléfono: 928 520 128 .........................................
Policia Local: 928 520 712 Sede Electrónica
Oficinas Playa Honda: 928 820 308 Webs de interés para estudiantes
CIF: P3501900I .......................................

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