TERCERO.- DICTAMEN, QUE PROCEDA, SOBRE APROBACIÓN INICIAL DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA GESTIÓN DE LA RECAUDACIÓN E INSPECCIÓN DEL AYUNTAMENTO DE SAN BARTOLOMÉ DE LANZAROTE, ASÍ COMO DEROGACIÓN, EN SU TOTALIDAD, DE LA ACTUALMENTE EN VIGOR DENOMINADA “ORDENANZA FISCAL GENERAL DE GESTIÓN, RECAUDACIÓN E INSPECCIÓN DE TRIBUTOS LOCALES DEL AYUNTAMIENTO DE SAN BARTOLOMÉ.
De no reunirse el número suficiente de Concejales, se celebrará la sesión en segunda convocatoria transcurridas las cuarenta y ocho horas siguientes, significándoles al mismo tiempo que los antecedentes y expedientes relacionados con los asuntos que figuran en el orden del día, se encuentran a su disposición en la Secretaría de este Ayuntamiento.
De no reunirse el número suficiente de Concejales, se celebrará la sesión en segunda convocatoria transcurridas las cuarenta y ocho horas siguientes, significándoles al mismo tiempo que los antecedentes y expedientes relacionados con los asuntos que figuran en el orden del día, se encuentran a su disposición en la Secretaría de este Ayuntamiento.
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